A petición del Pleno, la diputada Mirna Rubiela Medina Ruvalcaba, presidenta de la Comisión de Familia y Derechos de la Niñez, subió a tribuna para presentar el dictamen de la iniciativa que reforma el Código Civil del Estado en materia de obligaciones alimentarias, registrada con el expediente 66-415.
«Con su permiso, diputado presidente», inició Medina, al exponer el proyecto impulsado por las y los diputados Ana Laura Gómez Calzada, Miriam Yaszú Muñoz Márquez, Alejandra Peña Curiel, José Trinidad Romo Marín y Rodrigo Iván González Mireles.
¿Qué propone?
Reformar el párrafo segundo del artículo 331 del Código Civil para armonizarlo con el artículo 410 del Código de Procedimientos Civiles local, en lo relativo al plazo y procedimiento para inscribir a una persona en el Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias.
La clave del dictamen
La Comisión determinó que la inscripción no puede ser automática. Es una medida con consecuencias jurídicas relevantes —puede afectar derechos civiles, administrativos y patrimoniales—, por lo que debe acreditarse incumplimiento previo tras un requerimiento legal debidamente notificado.
«De lo contrario, estaríamos ante una medida restrictiva aplicada sin la debida verificación de los supuestos que la justifican», advirtió Medina.
¿Por qué importa?
- Garantiza debido proceso: nadie entra al registro sin haber sido requerido formalmente
- Da certeza y proporcionalidad: solo se inscribe a quien efectivamente incumple
- Fortalece el Registro Nacional: lo hace más legítimo, racional y eficiente
La comisión concluyó que la reforma es compatible con el orden constitucional y convencional, y que no debilita la protección de niñas, niños y adolescentes, sino que la hace más sólida al evitar inscripciones indebidas que luego se caen en tribunales.
Lo que sigue
El dictamen —que «fortalece la eficiencia del Registro al asegurar que se inscriba exclusivamente a quienes han incurrido en incumplimiento»— quedó a consideración del Pleno para su votación.
En resumen: sí al registro de deudores alimentarios, pero con reglas claras. Primero te requieren, luego verifican, y si incumples, entonces sí, vas al Registro Nacional. Es justicia alimentaria con debido proceso.
